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⚖️🚨"Los derechos de las y los viajeros también vuelan en vacaciones de verano"

Con la llegada del periodo vacacional de verano, miles de personas consumidoras utilizan el transporte aéreo para desplazarse dentro y fuera del país. Por lo que compartimos los aspectos más relevantes del comunicado emitido por la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), así como los principales derechos previstos en la LFPC y la Ley de Aviación Civil.



💢Puntos clave:


1. Derecho a información clara y transparente


  • Las aerolíneas están obligadas a proporcionar información: Clara, veraz, comprobable y oportuna sobre términos y condiciones del servicio con desglose del precio total del boleto (tarifa, impuestos, comisiones y demás cargos) en sitios web, mostradores, salas de espera, centrales de reserva y a bordo de las aeronaves.


2. Prohibición de ventas condicionadas


  • Los servicios adicionales (seguros, renta de vehículos, asistencias, donaciones, entre otros)


3. Derechos por retrasos atribuibles a la aerolínea


  • Retraso de más de 1 y hasta 4 horas:Alimentos y bebidas.

  • Descuentos para vuelos posteriores al mismo destino.

  • Retraso superior a 2 horas:Descuento mínimo del 7.5% sobre el precio pagado.


4. Derechos por demora mayor a 4 horas, cancelación o sobreventa


La persona pasajera puede elegir entre:


Opción A


  • Reembolso total o proporcional del boleto.

  • Indemnización mínima del 25% del costo del boleto o de la parte no utilizada o en su caso, transporte sustituto, alimentos, hospedaje y transporte terrestre.


Opción B


  • Transporte en una fecha posterior al mismo destino.

  • Indemnización mínima del 25% del precio del boleto o del tramo no realizado.


5. Equipaje


Las personas pasajeras tienen derecho a transportar sin costo:


  • Equipaje documentado de 15 o 25 kg, según la capacidad de la aeronave; o dos piezas de equipaje de mano con peso conjunto máximo de 10 kg, cuyas dimensiones no excedan 55 × 40 × 25 cm.

  • La aerolínea puede cobrar por exceso de equipaje cuando se excedan los límites permitidos o la capacidad disponible.


6. Pago de compensaciones


  • Las indemnizaciones y compensaciones económicas deben cubrirse dentro de los 10 días naturales siguientes a la reclamación.

  • Los alimentos, bebidas y hospedaje deben proporcionarse de manera inmediata cuando procedan por retraso, demora o cancelación.


⚖️Conclusión jurídica


Resulta recomendable que los proveedores revisen sus políticas de atención, garanticen la transparencia en la información comercial, respeten los derechos de las personas pasajeras y aseguren la aplicación oportuna de las compensaciones e indemnizaciones cuando correspondan. Una gestión preventiva y el cumplimiento normativo contribuyen a brindar una mejor experiencia al consumidor, fortalecen la reputación de la empresa y promueven relaciones de consumo más equitativas y seguras.


ESCARTIN ABOGADOS



 
 
 

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